Estimados pre-candidatos a Alcaldes o Concejales de ChilePrimero:El siguiente manual informativo, se realizó con la finalidad de estandarizar y tener claridad en el primer proceso eleccionario que nos toca vivir en nuestro partido. Para mayor comodidad usted puede descargar este manual e imprimirlo, o bien leerlo online.ChilePrimero ha habilitado un canal de comunicación con todos su pre-candidatos a Alcalde o Concejal para las elecciones Municipales de este año, a través del correo electrónico municipales2008@chileprimero.cl
links documentos :
(Manual Elecciones Municipales)
http://bligoo.com/media/users/1/50505/files/Manual_Elecciones_Municipales.pdf
(Declaracion Jurada Alcaldes)
http://bligoo.com/media/users/1/50505/files/Declaracion_Jurada_Alcaldes.pdf
(Declaracion Jurada Concejales)
http://bligoo.com/media/users/1/50505/files/Declaracion_Jurada_Concejal.pdf
1.- Plazos Electorales.
a) Lunes 28 de Julio 2008: Vencimiento de plazo para declaración de candidaturas a alcaldes y concejales, formalización de pactos y subpactos electorales, designación de encargados de trabajos electorales, Administradores Generales Electorales y de Administradores Electorales.
b) Jueves 31 de Julio 2008: A las 9:00 horas en audiencia pública, el Director del Servicio Electoral procede a determinar el orden de precedencia de las listas en la respectiva cédula electoral.
c) Domingo 10 de Agosto 2008: Vence plazo para publicación en un diario en cada Región, la resolución del respectivo Director Regional que acepta o rechaza candidaturas.
d) Viernes 26 de Septiembre 2008: Comienza período de propaganda electoral por medio de prensa, radioemisoras, volantes, elementos móviles y avisos luminosos o proyectados.
e) Sábado 11 de Octubre 2008: Vence plazo para que partidos políticos y candidatos independientes declaren ubicación de sedes ante la respectiva Junta Electoral.
f) Jueves 23 de Octubre 2008: A las 24:00 horas, se pone término al período de propaganda electoral por prensa, radio, volantes, elementos móviles, avisos luminosos o proyectados.
g) Viernes 24 de Octubre 2008: Desde las cero horas se prohíbe toda manifestación pública de carácter electoral y permanecerán cerradas las secretarías de propaganda y toda oficina u organización destinada a atender electores.
h) Domingo 26 de Octubre 2008: ELECCIONES MUNICIPALES.
i) Miércoles 29 de Octubre 2008: Vencimiento de plazo para que partidos políticos y candidatos independientes retiren elementos de propaganda electoral que hayan situado en vías públicas.
j) Jueves 30 de Octubre 2008: Municipalidades inician retiro de elementos de propaganda electoral situados en vías públicas.
k) Sábado 01 de Noviembre 2008: Vencimiento del plazo para que el Servicio Electoral de a conocer resultados provisionales de los escrutinios practicados por los Colegios Escrutadores.
l) Viernes 07 de Noviembre 2008: Vence plazo para que Administradores Electorales remitan a sus respectivos Administradores Generales la documentación contable de sus candidatos.
m) Viernes 05 de Diciembre 2008: Vence plazo para que los Administradores Generales Electorales y Administradores Electorales presenten la cuenta de ingresos y gastos electorales al Director del Servicio Electoral.
2.- Requisitos para ser candidato.
a) Ser Ciudadano con derecho a sufragio.
b) Haber cursado la enseñanza media o su equivalente.
c) Tener residencia en la región a que pertenezca la respectiva comuna o agrupaciones de comunas, a lo menos durante los últimos dos años anteriores a la elección.
d) Tener situación militar al día.e)No haber sido condenado a pena aflictiva.
f) Los candidatos independientes no podrán haber registrado afiliación en partido político legalmente constituido o en formación con posterioridad al 28 de mayo de 2008.
2.1.- Documentación por presentar.
a) Certificado de Nacimiento.
b) Currículo Vitae.
c) Licencia de enseñanza media o equivalente. Legalizada ante notario.
d) Certificado de Antecedentes.
e) Declaración Jurada.
f) Antecedentes que acrediten domicilio en la región a que pertenezca la comuna o agrupación de comunas a la cual postula, por a lo menos dos años antes de la elección.
g) Declaración legalizada ante notario, en la cual se manifieste la voluntad de ser candidato a Alcalde o Concejal por Chileprimero o independiente pro Chileprimero, además, deberá señalar el o los nombres y apellidos con que el candidato desea figurar en la cédula oficial.
h)Antecedentes que acrediten condición de ciudadano con derecho a sufragio en la comuna o agrupación de comunas a la cual postula. Legalizada ante notario.
***** La presente documentación debe ser enviada a sede central de Chileprimero, ubicada en Moneda n° 812. Oficina 1104. Santiago Centro en un Sobre cerrado a nombre de Alberto Precht, a más tardar el día lunes 30 de Junio del presente año. *****
3.- Inhabilidades para ser candidato Alcalde o Concejal:
a) Ministros de Estado, subsecretarios, secretarios regionales ministeriales, intendentes, gobernadores, consejeros regionales, parlamentarios, miembros del Consejo del Banco Central y el Contralor General de la República.
b) Miembros y funcionarios de los diferentes escalafones del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Tribunal Constitucional, del Tribunal Calificador de Elecciones y de los Tribunales Electorales Regionales. Los miembros de las Fuerzas Armadas, Carabineros e Investigaciones.
c) Personas que a la fecha de inscripción de sus candidaturas tengan vigente o suscriban, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales ($7.000.000 aprox.) o más, con la respectiva municipalidad. Tampoco podrán serlo quienes tengan litigios pendientes con la municipalidad, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
d) Directores, administradores, representantes y socios titulares del diez por ciento o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendentes a doscientas unidades tributarias mensuales o más, o litigios pendientes, con la municipalidad.
e) No podrán ser candidatos a alcalde o concejal las personas que se hallen condenadas por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva.
4.- Incompatibilidad con el cargo de Alcalde.
Es incompatible el cargo de alcalde con el ejercicio de cualquier otro empleo o función pública retribuido con fondos estatales, salvo las funciones docentes de educación básica, media o superior hasta un máximo de doce horas semanales.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso que fueren elegidos alcaldes aquellos funcionarios regidos por las leyes 18.834, Estatuto Administrativo; 18.833, Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales; 19.070, Estatuto Docente, así como el personal no docente de la educación municipal, y el regido por la Ley 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal; tienen derecho a que se les conceda permiso sin goce de remuneraciones respecto de los cargos que estuvieren sirviendo en calidad de titulares, por todo el tiempo que comprenda su desempeño alcaldicio, salvo que estén desarrollando funciones de exclusiva confianza. En consecuencia, tienen derecho a mantener la propiedad de su cargo público hasta el cumplimiento del respectivo período alcaldicio.
5.- Incompatibilidad con el cargo de Concejal.
El cargo de concejal es incompatible con el de miembro de los consejos económicos y sociales provinciales y comunales, así como con las funciones públicas señaladas en los números 1) y 2) de las Inhabilidades para ser candidato a alcalde o a concejal.
También es incompatible con todo empleo, función o comisión que se desempeñe en la misma municipalidad y en las corporaciones o fundaciones en que ella participe, con excepción de los cargos profesionales no directivos en educación, salud o servicios municipalizados.
Producto que tu incorporación a Chileprimero se dio posterior al día 14 de Mayo de 2008 o por que la comuna a la cual postulas pertenece a una región que No se constituyo en una primera etapa del partido, es que tu pre-candidatura a Alcalde o Concejal será como independiente o independiente pro Chileprimero. De acuerdo a esto, es que te informamos como se realizará este tipo de candidatura.
a) Independientes que postulan integrando Pacto o Subpacto Electoral. Estos No requerirán del patrocinio ciudadano a su candidatura.
b) Independientes que postulan fuera de Pacto o de Subpacto electoral. Estos deberán contar con el patrocinio de un determinado número de ciudadanos. (más adelante se encuentra señalado)
a.1) La declaración que debe hacer los patrocinantes será bajo juramento o promesa de no estar afiliados a un partido político legalmente constituido o en formación y encontrarse inscrito en los Registros Electorales.
a.2) El patrocinio de la candidatura se hará en formularios diseñados por el Servicio Electoral y serán formado sólo por chilenos que deben votar en la comuna. El patrocinio se suscribirá ante un Notario o en su defecto ante el Oficial Civil de la respectiva comuna. Debiendo certificarse expresamente que el patrocinante concurrió y firmo ante él.
a.3) La declaración deberá ser presentada ante el Directos del Servicio Electoral o el respectivo Director Regional, personalmente por a lo menos cinco de los ciudadanos que patrocinan la candidatura, los que deberán figurar en la nomina de patrocinantes.
ChilePrimero ha habilitado un canal de comunicación con todos su pre-candidatos a Alcalde o Concejal para las elecciones Municipales de este año, a través del correo electrónico municipales2008@chileprimero.cl
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